lunes, 14 de abril de 2014

El Estado revertirá 30 minas ociosas sin dar indemnización

De las 60 Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE) que fueron revisadas e inspeccionadas desde enero, al menos 30 deberán ser revertidas al Estado sin indemnización, debido a que se constató que están inactivas.
El informe fue proporcionado a Página Siete por el viceministro de Política Minera, Eugenio Mendoza, quien lidera este proceso desde la promulgación del Decreto Supremo 1801, que reglamenta la Ley 403 del 18 de septiembre de 2013.
Ese cuerpo legal establece las causales de reversión de los derechos mineros otorgados por ATE y contratos mineros "en función al carácter estratégico y de interés público de los recursos naturales, previa verificación de la inexistencia de la implementación o del desarrollo de actividades mineras”.

Este proceso de reversión, según dispone el decreto reglamentario 1801, del 20 de noviembre de 2013, sólo afecta a empresas privadas y a ATE otorgadas a más de una persona.
Sin embargo, quedan exentas al rededor de 2.705 áreas que fueron entregadas a empresas unipersonales, cooperativas y de la minería estatal.
En septiembre de 2013, al momento de la promulgación de la ley, el presidente Evo Morales dijo que el 70% del área adjudicada a las empresas privadas, que equivale a más de un millón de hectáreas, corresponde a minas ociosas que serán revertidas sin indemnización.
Asimismo, no se dejó esperar el pedido de cooperativas que mostraron su interés por más áreas a su favor.
Continúa la revisión

El Viceministerio de Política Minera tiene listo el cronograma de una nueva fase de inspección que se desarrollará en La Paz y Potosí a partir de hoy al jueves.

En el rol de 25 ATE aparecen nueve áreas ubicadas en el municipio de Cotagaita, Potosí, otorgadas a la Empresa Minera Manquiri S.A., a la cual el ministro de Minería y Metalurgia, César Navarro, acusó ayer de quedarse con el 96% del valor neto de ventas, dejando a la Comibol el 2,5% y a las cooperativas el 1,5%.

Las empresas inspeccionadas deben presentar una fotocopia de la resolución constitutiva, título ejecutorial o contrato minero, documentos que respalden la prospección, exploración, actividades de explotación, denuncias de avasallamiento, si fuera el caso, respaldo de las inversiones realizadas y licencia ambiental.
Según el DS 1801, el proceso de verificación y reversión de cada área ociosa debe concluir en un plazo máximo de 25 días.

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